A partir del 2 de Enero del 2026, entran en vigor en España una serie de normativas que dejan atrás el vacio legal en el que se encuentran patinetes eléctricos y otros vehículos de movilidad personal(VMP). Habra obligación de disponer de un seguro de responsabilidad civil, el patinete deberá estar homologado por la DGT y además dispondrá de un numero identificativo. Analizamos que exige la nueva ley y como afecta a los usuarios de patinetes eléctricos y otros VMP.

Propuesta para sancion

Base jurídica de las normativas.

La base jurídica mas importante de estas nuevas normativas es la Ley 5/2025, de 24 de julio, publicada en el BOE, que reforma el régimen de responsabilidad civil y seguro para adaptarlo a la normativa europea. Esta ley incluye una disposición especifica para Vehículos Personales Ligeros(donde encajan los patinetes y otros), este paquete de normativas entrará en vigor el 2 de Enero de 2026

Vehículos afectados.

Según la definición en la propia ley, serán afectados aquellos vehículos considerados Vehículos Personales Ligeros, siendo estos tal como se indica en la propia ley

Los vehículos que circulan por suelo mediante una o más ruedas, dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima de fabricación entre 6 y 25 km/h, si su peso es inferior a 25 kg, o una velocidad máxima de fabricación entre 6 y 14 km por hora, si su peso es superior a 25 kg.

Además se indica claramente que estos vehículos solo pueden estar equipados con un asiento o sillín en si están dotados de un sistema de autoequilibrado, en la misma ley se indican una serie de excepciones a la definición de vehículo personal ligero, de estas destacamos la siguiente excepción:

los ciclos o las bicicletas de pedales con pedaleo asistido equipadas con un motor eléctrico auxiliar de potencia nominal continua máxima inferior o igual a 250w, cuya potencia disminuya progresivamente y que finalmente se interrumpa antes de que la velocidad del vehículo alcance los 25 km/h o si el ciclista deja de pedalear.

Que será obligatorio en 2026

Seguro de responsabilidad civil.

Debe existir una póliza que responda económicamente en caso de daños a terceros ya sean lesiones o daños materiales. Esta cobertura obligatoria tiene un limite de 6.450.000€ para daños personales y 1.300.000€ para daños materiales, tal como esta definido el la Ley 5/2024 de 24 de julio, Disposición adicional primera, parágrafo 6 sección I y II

Identificación y registro

Dónde y cómo matricular un patinete eléctricoEl vehículo deberá estar inscrito en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico para ello deberá disponer de una etiqueta identificativa con el número de inscripción asignado, o dicho de otra manera el vehículo deberá tener una «matricula» identificativa. Si necesitas saber como registrar y matricular tu patinete eléctrico, te recomendamos nuestro post: Donde y como y matricular un Patinete eléctrico.

Sanciones y cuantías

El incumplimiento de las obligaciones anteriores puede conllevar sanciones económicas, según la gravedad y tipo de infracción estas pueden oscilar entre 200 y 1000 euros. Ademas de la multa las autoridades podrán inmovilizar el patinete y prohibir su circulación de manera similar a lo que ocurre con otros vehículos que no cumplen la normativa vigente.